Convocadas ayudas para el alquiler de viviendas a quienes estén en desempleo o han visto reducidos sus ingresos por la crisis del Coronavirus
“Los vecinos en situación de desempleo, en un ERTE o que han visto mermada o cesada su jornada laboral con pérdida de ingresos podrán optar a estas ayudas conforme a los requisitos establecidos en las bases”, según ha informado la concejal de Urbanismo, Mónica Sánchez
Las solicitudes, cuyo plazo de presentación está abierto hasta el 30 de septiembre, se presentan por medios electrónicos en el Registro Electrónico Único, al que se accede a través www.sede.carm.es
La convocatoria lanzada por la Comunidad Autónoma subvenciona con 500 euros durante un máximo de 6 meses, dentro de las acciones del Plan REACTIVA de la Región de Murcia para minimizar el impacto económico y social de la pandemia
El Ayuntamiento de Caravaca pone a disposición un servicio de atención telefónica para asesorar y ofrecer información acerca de las ayudas y también del procedimiento telemático a seguir para solicitarlas
Los interesados pueden contactar a través del teléfono 678 615 339 o 968 70 20 00 (extensión 8302), de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00 horas
05/06/20. Con el objetivo de minimizar el impacto económico y social de la pandemia del COVID-19 y ayudar a las personas que han visto mermados sus ingresos o se encuentran en situación de desempleo, la Comunidad Autónoma ha publicado la convocatoria de ayudas al alquiler de viviendas. Esta línea de subvenciones públicas ‘Ayudas de alquiler-Covid 19’ se integra dentro del Plan REACTIVA de la Región de Murcia.
La concejal de Urbanismo en el Consistorio caravaqueño, Mónica Sánchez, ha informado que de estas ayudas se podrán beneficiar personas que acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social a consecuencia o agravada por la crisis del COVID-19. “Aquellos vecinos que se encuentren en situación de desempleo, en un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), que hayan visto reducida o cesada su jornada laboral por motivo de cuidados u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, en el caso de ser pequeño empresario o autónomo, podrán solicitar estas subvenciones”, ha detallado.
El importe de la ayuda será de hasta 500 euros, por un periodo máximo de 6 meses, pudiendo incluirse como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril de 2020.
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 30 de septiembre y se realiza exclusivamente por medios electrónicos a través del Registro Electrónico Único, accesible en la dirección www.sede.carm.es. La edil de Urbanismo ha explicado que, con el fin de informar a los posibles beneficiarios de la existencia de esta línea de subvenciones públicas, la Consejería pone a disposición una información básica a través de dicha página web.
Además, el Ayuntamiento de Caravaca también pone a disposición un servicio de de información a través del 968 70 20 00 (extensión 8302), que se corresponde con la línea móvil directa 678 615 339, en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.El objetivo es poder asesorar a las personas que no tengan acceso a los medios informáticos o alberguen dudas sobre aspectos de la convocatoria de ayudas o los pasos a seguir en el procedimiento telemático de solicitud.
Los documentos necesarios para cumplimentar las solicitudes son el contrato de alquiler, los recibos de las tres últimas mensualidades, el justificante de gastos, el certificado de empadronamiento relativo a los últimos 6 meses anteriores, entre otros aspectos recogidos en la convocatoria.
¿Cómo solicitar las ayudas?